- 12-12-2011
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Dudas en el caso Alba Torres: El estudio de ADN dio resultado negativo
10:06 | Se trata de la resolución dictada por el juez Luis María Caterina, tras realizarse el estudio de ADN a la joven que dio el bebé en adopción y se presentó como su madre en la causa, Lorena Paula García; la señora Alba Pompeya Torres que decía ser su madre biológica; y el menor Carlos Peralta Pineda, que fuera adoptado por el matrimonio español.
Las pericias que se habían realizado en Tierra del Fuego a la denunciante, no habían podido certificar siquiera la existencia de un embarazo, por lo que el caso quedó en el olvido en la provincia, hasta que Alba Torres reapareció en los medios en las últimas semanas, para asegurar que contaba con un estudio de ADN que le había dado positivo en 2002, y probaba su maternidad del niño residente en España.
El documento despejaba todas las dudas que se habían generado en los ’90, cuando las versiones oficiales deslizaban una fabulación de la señora, que acusaba al Dr. Mario Feuillade de haber robado y vendido a su hijo.
Aunque no había enviado copia de ese ADN, el abogado de Alba Torres, Luis Sangiorgio, respaldó el relato asegurando que existía una prueba que le daba total respaldo pero luego, al ser consultado por las contradicciones con la sentencia que obra en poder de la familia Feuillade, admitió no haber todavía tomado contacto con el expediente ni tener copia de esa documentación.
Durante su recorrida por los medios, y a partir de la difusión del ADN positivo, Torres había logrado distintas ayudas económicas de referentes políticos, y el compromiso de la gobernadora Fabiana Ríos de colaborar para que pueda viajar a España a reencontrarse con su supuesto hijo, al que llama “Emmanuel”.
Textualmente la sentencia sostiene que la pericia “arrojó como resultado que el menor era hijo de Lorena García, y no de la denunciante” y el juez dispone el archivo de las actuaciones.
“Las sospechas de los denunciantes y los requerimientos de Alba Pompeya Torres, han encontrado puntos de apoyo precisamente en las debilidades de las pruebas que sustentaban la tesis del embarazo de Lorena García y las posteriores modalidades de la adopción, elementos todos que no habían podido ser tenidos en cuenta al momento de resolver por la justicia de Tierra del Fuego la sustracción oportunamente denunciada”, dice en un párrafo.
Alba Torres pidió la nulidad de estas actuaciones, pero el pedido fue desestimado por una resolución del 2003, luego confirmada en 2006 por la Cámara de Apelaciones.
Con posterioridad a estas pericias se buscó hacer un nuevo análisis, pero quien no compareció fue Alba Torres, que tampoco presentó la documentación que decía tener respecto de su embarazo y dolencias oftalmológicas que se corresponderían con las que se observarían en el menor, observa en otro tramo el magistrado.
Agrega que el relato de Alba Torres “presenta lagunas y puntos oscuros respecto de la eventual sustracción del menor”, pero no descarta la hipótesis de sustracción que, aunque “no comprobada podría ser una realidad”, con lo cual no descarta el robo del bebé aunque sí que ese niño sea el hijo adoptivo de los españoles.
La documentación oficial de la causa fue solicitada por María del Carmen Feuillade al juzgado 3 de Rosario, a cargo del Dr. Luis María Caterina, a quien acompañó copia de las declaraciones de Alba Torres y su abogado Luis Sangiorgio, publicadas en diferentes medios gráficos, “con alcance inconmensurable dado que el contenido de los mismos se encuentra en el circuito global de Internet. Por ende ha sido reproducido por medios radiales de esta y otras provincias y hasta en la Ciudad Autónoma de Bs. As.”, dice en la nota de elevación.
Expone que la denuncia “lanzada al aire da cuenta de una escandalosa cadena de responsabilidades criminales, que encuentran su piedra de toque precisamente en su Juzgado, en virtud del ocultamiento de una prueba de ADN, por el término de DIEZ (10) AÑOS (desde el año 2002) lo que hubiera facilitado (según queda expresado en las notas y reportajes de referencia) el traslado de la criatura a otra provincia para ser entregado también en forma dolosa en adopción a una pareja de nacionalidad Española, residiendo en Valencia el presunto hijo apropiado”.
Feuillade pone énfasis en “la magnitud del injusto denunciado, que afecta seriamente a mi familia, a más de haberse calificado el accionar como ‘típico’ de la metodología empleada en la dictadura para la apropiación de personas, suprimiendo su identidad”.
Agrega que el relato de Torres y su letrado “establece complicidades de todo tipo e involucra a un sinnúmero de personas de probada honestidad en esta ciudad. Todo ello sin mencionar la memoria de mi fallecido padre, hijos y nietos”.
“Si bien la justicia de Tierra del Fuego había descartado la sustracción de un menor, la posibilidad de un error judicial cobraba fuerza por las incógnitas que rodeaban el embarazo de la madre que había entregado en adopción –por las mismas épocas- a un menor (…). La cuestión de identidad del menor era –y es- de tal importancia que ameritaba precisar que no fuera un simple error”, subraya el juez Caterina en su fundamento del estudio de ADN.
El juzgado a su cargo fue quien dispuso la extracción de las correspondientes muestras de sangre de Lorena García y Alba Torres, para cotejarlas con las del menor, que fue sometido a la pericia “en presencia de autoridad consular argentina”.
La conclusión del servicio de la UBA encargado de analizar las muestras resultó inapelable: “La probabilidad de maternidad es superior al 99,99%”, respecto del niño Carlos Peralta Rizo, pero no para Alba Torres, sino para Lorena García.
El informe de peritos españoles es coincidente: “las consideraciones genéticas de los datos permiten excluir (sic) la maternidad biológica de Alba Pompeya Torres, respecto al menor Carlos Peralta Rizo”, señala.
En las conclusiones, se expone claramente que “de los estudios realizados se deduce que Alba Pompeya Torres no es la madre biológica del menor Carlos Peralta Rizo”.
Cabe indicar que el juez reconoce que “faltó control de una de las partes” en la prueba y que debería realizarse otro estudio en Argentina con el envío de las muestras del menor, pero que no se puede desconocer la actuación de los peritos españoles, dado que resulta válida su intervención en virtud de los acuerdos internacionales vigentes.
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Nicolas kuperman (nik@gmail.com) - 06/01/2012 12:54:28
Las pruebas de ADN se realizaron con las tres personas involucradas, Por favor infórmate antes de sacar conclusiones. Si no el próximo en ser estafado por una paranoica vas a ser vos
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Nicolas kuperman (Lickuperman@gmai.com) - 03/01/2012 20:20:19
Las pruebas de ADN se realizan con la Sangre de las 3 personas involucradas, se solicito un segundo al que señora Torres nunca asistió. Un datos importante: el primer ADN fue realizado en España, ahora vamos hacer acusaciones de corrupción a nivel internacional. Paranoia conspirativa es lo que sufre las personas que no tienen noción de ninguna herramienta de investigación.
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Mario Rios (marurios110@gmail.com) - 12/12/2011 10:22:10
uuummmmmm el papel que publico la profesora es un muestreo entre una señora de apellido García y el niño en cuestión, pedido por el juez de Santa Fe sospechado de haber realizado jurídicamente la tranza...... Lo ideal seria ver los resultados de un ADN entre la SANGRE de Alba Torres y el niño ¿no? No se por que, pero veo que en este caso hay gato encerrao..