2019-03-22

Blanco dio a conocer el desdoblamiento de elecciones de Tolhuin “por primera vez en la historia de la provincia”

Los municipios de Ushuaia y Río Grande decidieron acompañar la decisión de la gobernadora Bertone de convocar a elecciones provinciales para el 16 de junio, pero para Tolhuin la fecha elegida es el 23 de junio.

 

De haber segunda vuelta, coincidirá con las elecciones municipales en el centro de la provincia. “Estas elecciones tienen una sorpresa, porque por primera vez en la historia de Tierra del Fuego la ciudad de Tolhuin va a votar en una fecha distinta de las elecciones provinciales”, afirmó por Radio Universidad.

 

“Van a votar en la fecha prevista para la segunda vuelta electoral, en caso de que haya balotaje”, observó, ratificando que “en Tolhuin está convocado para votar intendente y concejales el 23 de junio, no el 16, y ya está dictado el decreto, es decir que Tolhuin vota el 16 de junio para gobernador y legisladores en primera vuelta, y el 23 se hace la elección de intendente y concejales y la segunda vuelta, en caso de que haya”, remarcó.

 

Cabe aclarar que el desdoblamiento de los comicios municipales en Tolhuin fue decidido por la gobernadora Bertone, mediante el dictado del decreto de convocatoria a elecciones provinciales, donde fija además el 23 de junio como fecha de elecciones municipales en el corazón de la isla.

 

De acuerdo al decreto 521/19, dictado el pasado 11 de marzo, fue la gobernadora quien, en el artículo 2°, dispuso el 23 de junio como fecha de convocatoria para elegir “intendente para el Municipio de Tolhuin, cinco concejales titulares y tres suplentes”.

 

La definición fue del Ejecutivo en función de que Tolhuin no cuenta todavía con su carta orgánica, a diferencia de los Municipios de Ushuaia y Río Grande, donde “es facultad de las autoridades municipales” realizar la convocatoria que, para el caso, terminó siendo coincidente con el 16 de junio, cuando se elegirán las autoridades provinciales.

 

La gobernadora fundó su decisión en las facultades conferidas por la Constitución Provincial y la ley electoral 201, que en su artículo 41 establece que “la convocatoria a elecciones generales de la provincia, de las comunas, de los municipios no autónomos y de aquellos autónomos que no hayan dictado sus respectivas Cartas Orgánicas, será efectuada por el Poder Ejecutivo Provincial”.

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