Avila presentó su pedido de licencia sin goce de sueldo para asumir como Convencional Constituyente
El artículo 121 de la Carta Orgánica Municipal estipula las incompatibilidades del cargo de Concejal, y en su inciso 1 sostiene que es incompatible con "el ejercicio de cualquier otro cargo público electivo nacional, provincial o municipal, excepto el de Convencional Constituyente nacional, provincial o municipal, previa solicitud de licencia sin goce de haberes".
"La Carta Orgánica es muy clara en este punto, por eso durante la segunda parte de esta cuarta Sesión Ordinaria presenté este pedido de licencia que fue aprobado por unanimidad por los concejales presentes; esto era necesario para poder asumir este cargo para el cual el pueblo de Ushuaia me eligió”, detalló Avila.
Además "la ordenanza 5958 estipula que las y los convencionales desempeñarán sus funciones ad honorem, así que seguramente se pondrá en evidencia a quienes suelen pasearse por los micrófonos hablando del gasto público, pero no estarían dispuestos a asumir en la Convención si no cobran un sueldo ya sea por un cargo público como concejal o como convencional”.
"Subestiman mucho a las familias de Ushuaia con estos dobles discursos”, enfatizó.
Y agregó "los primeros días del mes de julio deberemos reunirnos para elegir a las autoridades de la Convención y comenzar con el debate y la búsqueda de consensos para reformar 106 artículos, un desafío muy importante para pensar qué cuidad queremos dejarle a las generaciones futuras”, concluyó.