Desde la Municipalidad recordaron la importancia de utilizar transporte urbano habilitado
Asimismo, indicó que “las personas que brindan dichos servicios de manera regular y encuentran en la actividad su fuente de ingresos deben adquirir previamente una patente o permiso para su desarrollo”.
Según lo expresa la Ordenanza Municipal N°3548/2016, se encuentra prohibida la prestación del servicio de transporte público y privado urbano de pasajeros bajo modalidad que implique la utilización de programas o sistemas informáticos, redes sociales, aplicaciones de telefonía celular y publicidad televisiva, escrita o radial; excepto los servicios que se prestan en el marco de las Ordenanzas Municipales N°1351/2000; N°2067/2005; N°929/97.
Sobre ello, Bucci aclaró que “quienes presten estos servicios bajo modalidades irregulares, sin las habilitaciones correspondientes, recibirán la infracción acorde a la legislación establecida”.
Por último, el Director de Transporte Público y Privado apeló a la responsabilidad de la comunidad en pos de salvaguardar la seguridad e integridad de quienes circulan por la ciudad.