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Poder Judicial

La Justicia frenó publicaciones en redes sociales para proteger la intimidad de un niño

El Juzgado de Familia y Minoridad Nº2 del Distrito Judicial Norte, a cargo de la jueza Marina Montero, hizo lugar a un pedido urgente presentado por un padre y ordenó a la madre de su hijo que deje de difundir en redes sociales información o imágenes que lo involucren y que causen directa o indirectamente daños al menor.

viernes 19 de septiembre de 2025
La Justicia frenó publicaciones en redes sociales para proteger la intimidad de un niño
El hombre adujo que la progenitora publicó en sus redes sociales -Instagram y estados de mensajería de WhatsApp- expresiones agraviantes y comentarios de alto tenor ofensivo, los cuales habrían sido visualizados por el menor a través de sus compañeros, generándole un daño emocional significativo.

La magistrada resaltó que los procesos de familia son reservados y que siempre debe primar el interés superior de niñas, niños y adolescentes. Destacó además que el alcance y permanencia de las redes puede generar un daño duradero.

Con esos fundamentos, prohibió a la madre publicar, mencionar o difundir cualquier datos relacionados con el caso que pueda afectar al hijo, por cualquier medio, incluso redes sociales o mensajería.

El fallo resalta que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su intimidad y a construir su propia identidad digital, y que los adultos tienen un deber especial de cuidar esa “dignidad digital”.

Difundir conflictos familiares en redes puede estigmatizar, revictimizar y exponer innecesariamente a los menores.

La jueza citó normas que respaldan la decisión: el interés superior del niño previsto en la Convención de los Derechos del Niño y en la Constitución Nacional, el derecho a la intimidad establecido en la Ley 26.061 y los artículos del Código Civil y Comercial que limitan la publicidad de los juicios de familia.
 
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