2022-03-06

AREF determinó un régimen para la regularización de deuda y acompañamiento al sector privado

Los contribuyentes podrán regularizar las deudas en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Alícuotas Adicionales, Impuesto de Sellos, Inmobiliario rural y Tasas de Verificación de Procesos Productivos, cuyo vencimiento para el pago haya operado entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, aun cuando se encuentren en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento judicial.

 

El Plazo para formalizar la adhesión es de 60 días corridos a partir del 1 de marzo de 2022, los contribuyentes deberán acceder desde el sitio web oficial de la Agencia de Recaudación Fueguina (https://www.aref.gob.ar/) al área de SERVICIOS AREF, “Ventanilla de Trámites” y abrir una nueva SOLICITUD de adhesión.

 

Los contribuyentes que adhieran podrán acceder al beneficio de condonación de multas automáticas por infracción a los deberes formales, recargos, intereses y cargos por notificación conforme a los porcentajes previstos en el Anexo I de la Ley Provincial N°1396.

 

Este régimen prevé una cantidad máxima de sesenta (60) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés de financiación mensual que va del 1,75% al 2,5%, dependiendo de la elección de la cantidad de cuotas. 

 

ANEXO I, Ley Provincial N°1396

 

Cuotas de 1 a 3; 100% de condonación; tasa de interés 1,75%.

 

Cuotas de 4 a 12; 80% de condonación; tasa de interés 2%.

 

Cuotas de 13 a 24; 60% de condonación; tasa de interés 2,25%.

 

Cuotas de 25 a 60%; 40% de condonación; tasa de interés 2,5%.

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