Medida Cautelar
El Superior Tribunal de Justicia suspendió por unanimidad las elecciones para convencionales constituyentes
El Superior Tribunal de Justicia resuelve:
1°.- HACER LUGAR a la medida cautelar peticionada en el escrito de inicio, y consecuentemente, DISPONER la suspensión del acto electoral fijado por el decreto n° 1656/24 del poder ejecutivo provincial, publicado el martes 30 de julio de 2024. Sin costas.
2°.- NOTIFICAR a la Provincia y al Juzgado Electoral de la medida aquí dispuesta.
3°.- CORRER traslado de la acción interpuesta al señor Gobernador de la Provincia por el término de treinta (30) días. A su vez, líbrese cédula al señor Fiscal de Estado a la cuenta institucional Kayen 80004036.
4°.- NOTIFICAR de la presente medida y de la acción interpuesta a la Legislatura de la Provincia. A tal fin, deberá librarse oficio.
5°.- MANDAR se registre, notifique y cumpla.