Termas del Río Valdez
“Desde 1985 se adjudicó la terma a la empresa y no se han cumplido las obligaciones”
En este sentido, el juez explicó que “hay un incumplimiento que señaló el Superior en el 2002, y volvió a señalar en el 2018, luego del nuevo convenio del 2006”.
Löffler recomendó leer el fallo y expuso que, en él, hacen un repaso “de cómo evolucionó la situación del concesionario, que comenzó en 1985. Eran 400 hectáreas para la explotación turística de las termas que se habían encontrado tiempo atrás”.
“En medio tuvimos la provincialización de Tierra del Fuego y conforme lo que establece el artículo 14, de la Ley 23.775, toda la normativa vigente nacional pasó a aplicarse en el ámbito de la nueva provincia, de forma cristalizada. Hay una norma, la 17.091, que establece un procedimiento rápido para que el Estado nacional, provincial o municipal puedan recuperar predios fiscales”, narró.
Y señaló que “esta norma fue objeto del convenio inicial. Es parte, y autorizaba al Estado territorial a usar estos mecanismos, que han creado un trámite rápido para proceder al desalojo de tierras”.
A modo de repaso, Löffler indicó que las termas se adjudicaron “en 1985, se crea la empresa en 1991. En medio se dictan las leyes provinciales 323, 892 y 1147, en virtud de la cual se amplía el ejido urbano de Tolhuin. Las termas quedan dentro. Por eso el Intendente ha sido legitimado para recuperar este predio fiscal, que hoy pertenece al Municipio”.
Luego “en el 2002, el Superior Tribunal de Justicia dictó una sentencia ordenando la restitución de la terma, en su entonces jurisdicción de la Provincia. Había algunos bienes, lo que dio motivo a la celebración de un nuevo convenio en el 2006. Este convenio establecía obligaciones que debían cumplir ambas partes. Como consecuencia de que la empresa no cumple, inicia una demanda y en 2018 el Superior Tribunal rechaza esto”.
Recién en el 2021 “se inició un nuevo proceso de ejecución. El Juzgado de Tolhuin se declaró incompetente, por ser competencia del Superior Tribunal. Hay una disposición que quedó sin efectos y hubo incumplimientos”.
“Hemos aplicado este proceso, que fue objeto de fuertes críticas por parte de la doctrina administrativista, alegando que violaba el derecho de defensa, pero la Corte Suprema se pronunció avalando la validez de la norma, alegando que la empresa desalojada podría repetir daños y perjuicios, en caso de sentir que los había sufrido”, manifestó.
El Vicepresidente del Superior Tribunal aseguró que “la sentencia está muy fundada con fallos de la Corte, normas y doctrinas. Se hizo todo un relevamiento. La presentación del intendente Harrington da cuenta de los incumplimientos de la empresa. Del 85 a hoy, está a la vista que no se ha hecho ningún tipo de inversión”.
Asimismo, recordó que desde la empresa “iniciaron una demanda contencioso administrativa que fue rechazada. Por eso se excusaron mis colegas, los doctores Sagastume, Muchnik y Bataini, que fueron parte de un operativo de prensa muy fuerte por parte de los titulares de la concesión. Me acuerdo de la difusión de un video en programas de televisión. Se hacía una crítica ad hominem, y no a la sentencia. Seguramente esta práctica se va a repetir”.
“Los jueces decidimos conforme a derecho, sabiendo que nos podemos equivocar y que hay remedios, para que ataquen los argumentos que expusimos. Está el Recurso Extraordinario Federal o el Recurso de Queja, ante la Corte”, sentenció.
Finalmente, explicó que tras la sentencia “se va avanzar con el desapoderamiento del predio. Dimos 5 días para que esto se lleve a cabo. Luego la empresa podrá discutir todo lo que quiera. La apertura de la queja suspende los efectos de nuestra sentencia, pero en tanto no se produzca este efecto jurídico, la sentencia nuestra corre”.