2026-02-08

Intervención del Puerto de Ushuaia

Para el abogado Daniel Sabsay la intervención del puerto de Ushuaia es "inconstitucional e irracional"

El procedimiento administrativo utilizado por el Gobierno nacional para intervenir el puerto de Ushuaia abrió un debate jurídico que tiene como protagonista los límites del poder federal y el uso de herramientas previstas para situaciones excepcionales. En ese sentido, Sabsay fue tajante al explicar que para intervenir una provincia se requiere una ley aprobada por dos tercios de ambas cámaras, y no un simple reglamento de oficina que pretenda confiscar competencias de Tierra del Fuego.

Lo cierto es que el procedimiento es “increíble e irracional“. Al estar involucrada una provincia, el conflicto escala directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según Daniel Sabsay, es el máximo tribunal quien debe frenar este avance, ya que la carga de probar una “excepcionalidad” que justifique el accionar recae exclusivamente sobre quien acciona.

"La intervención sólo puede darse cuando una provincia no garantiza la forma republicana de gobierno o cuando es invadida por fuerzas extranjeras”, analizó el abogado constitucionalista.

Si la Constitución Nacional establece que la intervención solo procede ante la pérdida de la forma republicana o invasión extranjera, el uso de esta figura para un conflicto de gestión portuaria vacía de contenido el federalismo. En esta línea, Sabsay señaló que la utilización de fuerzas federales para ejecutar la medida “agrava aún más la situación desde el punto de vista institucional”, al tratarse de un avance directo sobre competencias provinciales.

 

Con información de la Agencia OPI Tierra del Fuego.

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