Reforma constitucional
"Ningún obstáculo real impide que se emita el cronograma electoral”
La Secretaria de Coordinación Legal del Gobierno provincial, Mariángeles Arroyo cuestionó el fallo de Mariel Zanini que frenó la emisión del cronograma constituyente. Afirmó que “no existen dudas jurídicas” ya que la sentencia del STJ está firme desde octubre de 2025; el recurso de queja no suspende plazos, y la ley sancionada aún no es ley.
La jueza electoral Mariel Zanini, sorprendió al sistema político al derivar las actuaciones al Ministerio Público Fiscal en lugar de dictar el cronograma para la elección de convencionales constituyentes del 9 de agosto. Para Arroyo, el despacho judicial “no resiste el mínimo análisis técnico” y solo contribuye a “estirar artificialmente los tiempos de un proceso que ya está en curso”.
“Nos parece cuando menos sorpresivo que, ante la notificación formal del decreto de convocatoria, el juzgado electoral en lugar de cumplir con su obligación de fijar plazos, luego de manifestarnos lo acotado de los plazos, decida abrir una consulta al Ministerio Público Fiscal, sobre dos puntos que en el derecho son puntos sin discusión. Como el proceso de sanción de las leyes, y su entrada en vigencia, y el efecto no suspensivo de la queja que se encuentra en la corte desde hace más de 6 meses sin dictar medida cautelar”, expresó la funcionaria.
El primer punto, explicó Arroyo, es la supuesta incidencia del recurso de queja que aún tramita en la Corte Suprema. “Acá no hay margen para la duda. El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación es terminante: la queja no tiene efectos suspensivos. Eso significa que, así haya un recurso pendiente, los plazos siguen corriendo. La sentencia que convalida la convocatoria quedó firme el 16 de octubre de 2025, cuando se rechazó el recurso extraordinario federal. La queja es una instancia más, pero no congela nada. Pretender lo contrario es ignorar la ley o, directamente, buscar excusas para no decidir, además de aportar incertidumbre y confusión a la ciudadanía”.
El segundo punto que esgrime la jueza Zanini es la sanción legislativa de una nueva ley que aún no fue promulgada ni vetada. Sobre esto, Arroyo fue contundente: “Una ley que no está promulgada no es ley. Es un proyecto aprobado, nada más. No tiene vigencia, no deroga nada, no modifica el ordenamiento jurídico. La Constitución provincial es muy clara: una vez que la Legislatura sanciona, se gira al Ejecutivo, que tiene diez días para pronunciarse. Ese plazo está en curso y fue notificado. Entonces, ¿cuál es el problema? No hay ningún vaciamiento normativo. La ley 1529 sigue plenamente operativa y el decreto del gobernador es un acto jurídico válido”.
Para la Secretaria de Coordinación Legal, el argumento de la jueza Zanini sobre una supuesta “inestabilidad jurídica” es, en rigor, una construcción artificial. “No existe ningún hecho contundente y formal que hoy le impida a la jueza electoral emitir el cronograma. Los plazos están corriendo, el proceso está cumplido, la convocatoria es legítima. Lo que estamos viendo es que la inexistencia de una duda real se está utilizando como coartada para generar una extensión innecesaria en el tiempo. Eso no es prudencia institucional, es otra cosa”, advirtió.
Arroyo adelantó que el Ejecutivo ya está evaluando el despacho de la jueza y definirá qué presentación realizará en el expediente. “Estamos analizando diferentes estrategias legales ante este escenario, mientras se pone en riesgo un proceso constituyente que la provincia necesita. La ley, la sentencia firme y el decreto están de nuestro lado. La jueza Zanini tiene todas las herramientas para resolver, es imperioso que las utilice”, concluyó.
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